El fallo completo es el siguiente:
VISTO:
Los hechos acaecidos en el partido de Play Off entre la A.M.S. y D. Atlético de
Rafaela y el Club Central Argentino Olímpico de Ceres; y
CONSIDERANDO: Los informes de los
Árbitros que tuvieron a su cargo la dirección de dicho partido y del
Comisionado Técnico, donde señalan las anormalidades registradas en el
transcurso y una vez finalizada la contienda.
Que el señor Presidente de la Asociación
Rafaelina de Basquetbol, ratifica alguno de los dichos por los mencionados en
el párrafo anterior.
Que se han solicitado nuevos informes a los
señores Árbitros, quienes ratificaron el informe producido oportunamente; al
señor Jefe de la Seccional 1a. de Policía, quien tuviera a su cargo el
operativo de seguridad en la ocasión, quien
enumera los acontecimientos; y a la A.M.S. y D. Atlético de Rafaela
quien produce un pormenorizado descargo.
Por todo ello
el
TRIBUNAL DE PENAS de la Asociación Rafaelina de Basquetbol
R
E S U E L V E
1°) Sancionar
al señor Cristian Fontana (Lic. 020) con Sesenta (60) días de SUSPENSIÓN, por
aplicación del Art. 94°, Inc. a) del Código de Penas de la Confederación
Argentina de Basquetbol.
2°) Sancionar a los jugadores Dominino, M. -Camiseta N° 4- Lic. N° 4359 y Scotto, L.
-Camiseta N° 14- Lic. N° 4109, con SUSPENSION por Tres (3) partidos
-respectivamente-, por aplicación del Art. 107°, Inc. g) del Código de Penas de la Confederación Argentina
de Basquetbol.
3°) Sancionar
a la A.M.S. y D. Atlético de Rafaela con MULTA Diez (10) AJC, por aplicación
del Art. 60°, Inc. b), Apart. 5) e Inc. c), Apart. 2) y CLAUSURA DE CANCHA en
su condición de local de CINCO (5)
partidos por aplicación del Art. 62°, todos del Código de Penas de la
Confederación Argentina de Basquetbol.
4°) Sancionar
al señor Jorge Romera con SUSPENSION de Dos (2) meses, por aplicación del Art.
82°, Inc. d) del Código de Penas de la Confederación Argentina de Basquetbol.
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